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Procedimentos catastrais: Declaracións

Objeto:

La declaración sobre hechos, actos o negocios relativos a bienes inmuebles tiene por objeto la inscripción o modificación de datos en el Catastro Inmobiliario por la realización de nuevas construcciones y la ampliación, reforma, rehabilitación, demolición o derribo de las ya existentes, la modificación de uso o destino y los cambios de clase de cultivo o aprovechamiento, la segregación, división, agregación y agrupación de los bienes inmuebles, la adquisición de la propiedad por cualquier título, así como su consolidación, la constitución, modificación o adquisición de la titularidad de una concesión administrativa y de los derechos reales de usufructo y de superficie, las variaciones en la composición interna o en la cuota de participación de las comunidades o entidades sin personalidad siempre que la respectiva entidad haya solicitado previamente la constancia de sus miembros.

Normativa:  

Real Decreto Legislativo 1/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, Real Decreto 1448/1989, de 1 de diciembre, y Real Decreto 803/1993 de modificación de determinados procedimientos tributarios (Anexos II y IV) y artículo 33 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, sobre tasa por inscripción catastral.

Órgano:  

Gerencias y Subgerencias del Catastro.

Forma de inicio:  

Instancia de parte.

Legitimación:

Titulares de concesión administrativa sobre bienes inmuebles o sobre los servicios públicos a los que se hallen afectos, de derechos reales de superficie, de usufructo o propietarios de bienes inmuebles, según el orden establecido.

Plazo:

Dos meses a partir del día siguiente a la fecha formalización del hecho, acto o negocio declarado.

Lugar de presentación:

Las declaraciones catastrales se efectuarán ante los servicios periféricos de la Dirección General del Catastro que sean competentes por razón de la localización de los bienes inmuebles afectados, pudiendo presentarse en los correspondientes Ayuntamientos y en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Documentación a presentar por el interesado:  

En todo caso, los impresos correspondientes deberán presentarse acompañados, además del modelo de declaración, de la siguiente documentación:

    * Etiquetas de Identificación Fiscal suministradas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o, en su defecto, fotocopia del Número de Identificación Fiscal (NIF) o del Número de Identificación de Extranjeros (NIE), de quienes ostenten la condición de titulares catastrales o de los adquirentes de los bienes inmuebles o derechos, según el tipo de alteración que se declare.

    * Fotocopia del último recibo o justificante de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al inmueble afectado por la alteración.

    * Impreso justificante del pago de la tasa por inscripción catastral en el que conste la liquidación correspondiente, excepto cuando dicha tasa no resulte exigible.

Además, según el tipo de declaración que se realice se deberá aportar la documentación complementaria que se indica a continuación.En las declaraciones de alteración de titular catastral, deberá presentarse:

    * Original y fotocopia del documento que origine la alteración, ya sea escritura pública, contrato privado, sentencia judicial, certificación del Registro de la Propiedad u otros, a efectos de comprobación, devolviéndose el original al declarante.

En las declaraciones de otros hechos, actos o negocios relativos a bienes inmuebles urbanos y de características especiales:

a) Por nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación

    * Datos de la finca y elementos constructivos. Relación de titulares y domicilios fiscales. (Anexo I al modelo 902).

    * Reparto de elementos comunes singulares. (Anexo II al modelo 902).

    * Fotocopia del documento de escritura de obra nueva.

    * Certificado final de obra.

    * Fotografía/s de la/s fachada/s (tamaño 10 x 15 cm.).

    * Planos a escala: de situación, del solar y definitivos de cada planta distinta.

    * Memoria de materiales y calidades.

    * Coste de ejecución material de las obras.

    * En caso de que también se declare alteración de titular catastral, original y fotocopia del documento en el que se formalice dicha alteración, a efectos de comprobación, devolviéndose el original al declarante.

b) Por demolición o derribo total o parcial.

    * Relación de titulares y domicilios fiscales, cuando afecte a varios titulares. (Anexo I al modelo 902).

    * Fotocopia del documento acreditativo de la demolición.

    * Descripción gráfica de la situación resultante: Plano/s a escala.

    * En caso de que también se declare alteración de titular catastral, original y fotocopia del documento en el que se formalice dicha alteración, a efectos de comprobación, devolviéndose el original al declarante.

c) Por agregación, agrupación, segregación o división de fincas.

    * Relación de fincas y titulares. (Anexo III al modelo 902).

    * Descripción gráfica de la situación anterior: Plano/s a escala o croquis que refleje todas las cotas necesarias para realizar el cálculo de superficie.

    * Descripción gráfica de la situación resultante: Plano/s a escala o croquis que refleje todas las cotas necesarias para realizar el cálculo de superficie.

    * Fotocopia del documento por el que se efectúa la agregación o segregación.

    * En caso de que también se declare alteración de titular catastral, original y fotocopia del documento en el que se formalice dicha alteración, a efectos de comprobación, devolviéndose el original al declarante.

d) Por división horizontal.

    * Datos de la finca y elementos constructivos. Relación de titulares y domicilios fiscales. (Anexo I al modelo 902).

    * Reparto de elementos comunes singulares. (Anexo II al modelo 902).

    * Fotocopia del documento por el que se efectúa la división horizontal.

    * Plano a escala definitivo de cada planta distinta.

    * En caso de que también se declare alteración de titular catastral, original y fotocopia del documento en el que se formalice dicha alteración, a efectos de comprobación, devolviéndose el original al declarante.

e) Por modificación del uso o destino.

    * Documento acreditativo de la modificación (licencia o autorización administrativa, proyecto visado, certificado técnico o documento equivalente).

    * En caso de que también se declare alteración de titular catastral, original y fotocopia del documento en el que se formalice dicha alteración, a efectos de comprobación, devolviéndose el original al declarante.

En las declaraciones de hechos, actos o negocios relativos a bienes inmuebles rústicos que no supongan modificación de sus linderos:

a) En las declaraciones por cambio de clase de cultivo o aprovechamiento.

    * Documento acreditativo de la modificación (licencia o autorización administrativa, proyecto visado, certificado técnico o documento equivalente).

    * Si el cambio de clase de cultivo afectara solamente a parte de una subparcela o de una parcela completa, plano a escala o croquis que refleje todas las cotas necesarias para realizar el cálculo de superficie, en los que figure claramente el área en que se ha efectuado el cambio.

b) En las declaraciones por alteración en las construcciones:

    * Datos de la nueva construcción, ampliación, demolición o nuevo uso. (Anexo Único al modelo 904).

    * Fotografía/s de la/s fachada/s (tamaño 10 x 15 cm.).

    * Plano a escala o croquis acotado de la situación de la construcción dentro de la parcela. El croquis deberá reflejar todas las cotas necesarias para realizar el cálculo de superficie.

    * Planos a escala de cada planta distinta y de los alzados. Fotocopia del documento acreditativo de la construcción, demolición o cambio de uso.

c) En las declaraciones de alteración de bienes inmuebles rústicos por agregación, agrupación, segregación o división.

    * Original y fotocopia del documento que origine la alteración, ya sea escritura pública, contrato privado u otros, a efectos de comprobación, devolviéndose el original al declarante.

    * Plano a escala o croquis que refleje todas las cotas necesarias para realizar el cálculo de superficie, en los que figure claramente la alteración que se ha producido, si no se hubiera utilizado a tal efecto el impreso de declaración.

Fases procedimiento:  

    • Registro del expediente.
    • Informes y/o requerimientos, en caso necesario.
    • Audiencia interesados, en caso necesario.
    • Resolución:

      Estimación.

      • Inscripción de datos en el Catastro.

      Desestimación.

    • Notificación de la resolución.

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